1.6Clasificación del derecho objetivo y del derecho subjetivo, derecho público y derecho privado.


DERECHO OBJETIVO 
El derecho objetivo lo constituyen normas jurídicas que en realidad es el derecho o sistema jurídico impuesto en un país.

DERECHO SUBJETIVO 
El derecho subjetivo recae sobre la propia conducta del individuo. Comprende las llamadas facultades agendi (hacer).  En las facultades exigendi; se le da al titular de los derechos la posibilidad de que siempre intervengan otras personas para que puedan ejercitar dichas facultades.
Resultado de imagen para conducta del individuo
Fines que persigue el Derecho: 


  • Positivo: aplicación norma jurídica impuesta por la autoridad del Estado. El derecho es relativo.
  • Natural: aplicación de la justicia, equidad y ética, debe ser parte de toda norma jurídica y del sistema jurídico. Es absoluto, universal e inmutable. 

Imagen relacionada

El derecho positivo se divide en dos:  
Público: comprende todas las normas a beneficio público o colectivo. Propio del Estado y las normas que garantizan y regulan sus actividades y facultades, las relaciones de sus órganos estatales entre sí y de éstos con los particulares.
Comprende las siguientes subdivisiones: 

Derecho constitucional
 Normas contenidas en la constitución y sus leyes complementarias. 

Derecho administrativo:
Normas que regulan la actividad del Estado y de los órganos públicos.  
Derecho procesal:
Regula el proceso, organización, competencia y actividades de los órganos jurisdiccionales.
Derecho penal:
Normas destinadas a la definición de los delitos, fijación de las penas y sanciones, prevención del delito y medidas de seguridad.


Derecho del trabajo:
Normas que regulan relaciones obreros patronales y resolver los conflictos.


Derecho agrario:
Régimen de las tierras laborales, su explotación distribución. .
  
Derecho de las vías generales de comunicación:  
Regulan las vías de comunicación.







Derecho informático:  
Legislan sobre la información (computadoras e internet).




Derecho internacional público:
Relaciones entre los Estados Internacionales y los organismos públicos internacionales.


Derecho diplomático:
Disposiciones que legislan la representación exterior de los estados.   
Derecho militar:
Ordenamiento militar armada.



Derecho ecológico:
Normas sobre el medio ambiente y recursos naturales.



Derecho económico:
Regula la economía de un Estado y los organismos involucrados.



Derecho fiscal:
Estipula las contribuciones gravámenes e impuestos.

Derecho privado: 
rama del derecho positivo y regula los intereses de los particulares. 
clasificación: 
Derecho civil:
 Regulan las relaciones, situaciones y negocios entre los ciudadanos, abarca la mayoría del campo de derecho privado civil.
Derecho mercantil:
 Regulan la actividad económica d los comerciantes.  


Derecho internacional privado.
Determina quienes son nacionales y quienes extranjeros.

Derecho vigente:
Integran el ordenamiento jurídico y la legalidad.

Comentarios